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Proyecto de Ley Integral de Salud Mental

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Proyecto de Ley Integral de Salud Mental

El pasado 18 de Julio, el Presidente de Chile Gabriel Boric, junto a la ministra de Salud, Ximena Aguilera, firmaron el proyecto de Ley Integral de Salud Mental. Esta iniciativa busca  promover y proteger la salud mental de todas las personas durante todo el desarrollo de su vida.

¿Qué cambios trae este proyecto de ley al cuidado de la Salud Mental? ¿Por qué es importante este proyecto de ley?

El gran cambio que trae este proyecto es el énfasis en el abordaje integral/intersectorial del cuidado de Salud Mental, es decir, involucrando a distintos sectores del Estado de manera activa, mediante el establecimiento de acciones que generen condiciones para un adecuado desarrollo de la salud mental.  Esto es importante, ya que al abordar la Salud Mental desde diversas disciplinas y sectores, es posible enfocarse no solo en el abordaje de los problemas de salud mental, sino que también en la prevención de estos y en la promoción del bienestar.

En esta línea, se espera que a los 5 años desde la publicación de la ley se logren avances en relación a  políticas públicas de Salud Mental, se fortalezcan las instituciones que supervisan y aplican los cuidados de salud mental institucional y mejore la atención y cuidados de salud mental e inclusión social. 

Para ello, este proyecto propone las siguientes acciones:

1- La creación de un comité entre diversos Ministerios para elaborar la Política Nacional de Salud Mental y su plan de acción a largo plazo, involucrando ámbitos tales como: educación, trabajo, vivienda, desarrollo y protección social, justicia, fuerzas de Orden y Seguridad.

2. Armonizar diversos cuerpos legales para procurar el adecuado respeto de los derechos de las personas en la atención de salud mental y en otros contextos de la vida en comunidad. Al hablar de “cuerpos legales” nos referimos a:

  • Superintendencia de Salud supervisará el cumplimiento de la ley integral de salud mental.
  • Las corporaciones de Asistencia Judicial ofrecerán asistencia jurídica y representación judicial a personas con discapacidad psíquica e intelectual y a aquellas bajo hospitalización involuntaria.
  • El Ministerio de Salud tendrá en funcionamiento la secretaría ejecutiva del Comité Interministerial, asegurando el avance e implementación de la política nacional de salud mental.
  • La Comisión de Protección de Derechos en Salud Mental (ex CONAPREM) desempeñará un papel más operativo en la protección de los derechos de personas con trastornos mentales.
  • El Estado dispondrá de la Primera Encuesta Nacional de Salud Mental.

3. Finalmente, para mejorar  la atención y cuidados de salud mental e inclusión social, este proyecto de Ley plantea que:

  • El Estado y sus órganos serán responsables de desarrollar políticas de apoyo a la vida independiente y la inclusión social de las personas con enfermedades o trastornos de salud mental.
  • Los servicios sanitarios, los apoyos ambulatorios y hospitalarios se proveerán en un modelo integrado con la atención de otras necesidades de salud.
  • Los servicios de atención tendrán orientaciones claras para que los desarrollos de servicios futuros sean de calidad, cercanos a las comunidades y a los lugares de residencia de las personas, que respondan a las necesidades de la población y se organicen de la forma más integrada posible con el resto de la red de salud.
  • Un Reglamento vigente determinará los estándares de calidad y de protección de derechos para todos los servicios residenciales existentes, independientes de su modalidad de administración.

A su vez, la Ley de Salud Mental establece que los tratamientos de salud mental deben tener la misma cobertura que cualquier otro tratamiento médico. Esto incluye consultas con psicólogos y psiquiatras, así como hospitalizaciones por razones psiquiátricas. Este beneficio no solo aplica al afiliado titular, sino también a sus cargas familiares, como hijos o cónyuge.

Anteriormente, las Isapres trataban estos servicios como “prestaciones restringidas”, lo que significaba un reembolso limitado y un tope anual en UF.

Antes de la Ley 21.331, una consulta psicológica de $40.000 podría tener un reembolso de solo $16.000, con un tope de UF anual que solo cubría unas seis consultas al año.

Con la adecuación a la ley, ese mismo tratamiento puede tener un reembolso de hasta $36.000 por consulta, sin límites anuales.

Sin embargo, hay Isapres que han interpretado que los planes anteriores a marzo de 2022 no están obligados a cumplir con esta equiparación de manera automática.

Si tienes un plan antiguo y no te han adecuado las coberturas de salud mental, no se recomienda cambiarse de plan ya que los planes antiguos ofrecen mejores beneficios que los nuevos. La recomendación es presentar un recurso de protección si notas que tus coberturas de salud mental no se equiparan con las de salud física.

Si quieres conocer más, te invitamos a ver la nota del programa SanaMente, la cual hace un seguimiento a lo que fue la presentación de este proyecto de Ley.

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